Edicto
Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 101/2013, seguido a instancias de la Procuradora doña María Gema Monche Gil, en nombre y representación de la mercantil Distribuidora Canaria de Papeles, S.A., se ha dictado Auto el día 22 de abril de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de la mercantil Distribuidora Canaria de Papeles, S.A., con CIF n.º A35047778, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.
Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
Se designa como Administrador del concurso a don Eduardo Félix Ojeda Díaz como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de C/ Pí y Margal, n.º 40, 1.º, CP 35006, teléfono 928220041, fax 928220640, así como dirección electrónica dicapa@concursales.com.
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas, 21 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
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