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Documento BOE-B-2013-20933

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 2013, páginas 27945 a 27946 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-20933

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramitan los procesos concursales 268/13, 269/13, 270/13, 271/13, 272/13, 273/13 y 274/13 en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso, todos en fecha 16.04.2013, a las entidades Vista Duque, S.L. con CIF núm. B-38718094, Perton Life AIE, con CIF núm. G-62138052, Inmowelins S.L., con CIF núm. B-62325865, Análisis de Inversión Autrol, S.L. con CIF núm. B-61072161, Aulaga, Desarrollos e Inversiones, S.L., con CIF núm. B-38726691, 604 BCN Inversores, S.L., con CIF núm. B-61072203 y Faves Consulting, S.L., con CIF núm. B-61931978 y ordenando darles publicidad con los siguientes datos:

Número de asuntos.- Concurso voluntario 268/2013, 269/2013, 270/2013, 271/2013, 272/2013, 273/2013 y 274/2013 Sección C2.

NIG del procedimiento.- 1335/13, 1336/13, 1337/13, 1338/13, 1339/13, 1340/13 Y 1341/13.

Entidades concursadas.- Vista Duque, S.L., con CIF n.º B-38718094, Perton Life AIE, con CIF núm. G-62138052, Inmowelins, S.L., con CIF núm. B-62325865, Análisis de Inversión Autrol, S.L. con CIF núm. B-61072161, Aulaga, Desarrollos e Inversiones, S.L., con CIF núm. B-38726691, 604 BCN Inversores, S.L., con CIF núm. B-61072203 y Faves Consulting, S.L., con CIF núm. B-61931978.

Tipo de concursos.- Voluntarios.

Fecha de los autos de declaración.- 16.04.2013.

Administrador/es Concursal/es.- Miguel Ángel Cabo López, con correo electrónico mcabo@consorseguros.es, domicilio social en Pg. de la Castellana, 32, 28046 Madrid, tel. núm. 913395650 y fax núm. 913395652.

Facultades de los concursados.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 13 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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