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Documento BOE-B-2013-20942

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 2013, páginas 27956 a 27956 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-20942

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:

1.º Que en la Sección I de Declaración de Concurso número 22/13 se ha dictado en fecha 22 de abril de 2013 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor José Manuel Campiña Martínez, con DNI 06242192-S, y María Sol Carrasco Muñoz, con DNI 04191160-P, ambos con domicilio sito en Calle Lisboa n.º 10, 1.º C de Tomelloso.

2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio que seguirá ejerciendo la entidad deudora si bien quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del Administrador Concursal designado, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado como administrador concursal, mediante auto de fecha 27 de mayo de 2013, a doña Berta Jaime Fraga, con DNI/NIF 52381596-Q, letrada del Colegio de Abogados de Ciudad Real, con n.º de colegiado 2535, domicilio en Calle Gran Bretaña n.º 7 de Ciudad Real, teléfono 926253408 y dirección electrónica señalada bertajf@icacr.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

6.º Asimismo se hace constar que, por medio de auto de fecha 27 de mayo de 2013 dictado en la Sección II Administración Concursal número 22/13 seguido en este órgano judicial, se ha inhabilitado a la entidad "Bello & Giménez Auditores, S.L.P.", para que no pueda ser designado administrador concursal en los procedimientos concursales que se sigan en este partido judicial de Ciudad Real por un plazo de tres años, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley Concursal.

Ciudad Real, 28 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

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