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Documento BOE-B-2013-20960

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 2013, páginas 27974 a 27974 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-20960

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal n.º 157/2013, seguido a instancias de la Procuradora doña María del Carmen Benítez López, en nombre y representación de Ebanistería y Mobiliario, S.L., se ha dictado auto el día 16 de mayo de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Ebanistería y Mobiliario, S.L. con CIF n.º B35075662, y domicilio social en calle Mauel de Falla, n.º 33, cp 35200, Telde, Las Palmas; el que se tramitará por el procedimiento abreviado y carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designa como Administrador concursal al Economista don Francisco José Martell Jaizme, con DNI 54077643C, el cual ha designado como domicilio postal calle León y Castillo, n.º 74, cp 35200, Telde, Las Palmas; teléfono 928680677 y dirección electrónica cetelde@ceconsulting.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en forma en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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