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Documento BOE-B-2013-21332

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre la notificación de la resolución del expediente sancionador número SP-0007/2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 2013, páginas 28437 a 28437 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2013-21332

TEXTO

El M.º de Fomento ha dictado resolución sobre los citados procedimientos sancionadores.

A efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal por entender esta Demarcación de Carreteras, que la publicación íntegra de la resolución lesiona los derechos o intereses legítimos de dichos interesados, se comunica a los interesados indicados en la relación final la resolución del procedimiento sancionador.

Contra esta resolución puede interponerse el siguiente recurso:

- Sanciones muy graves.- Esta resolución agota la vía administrativa y puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Ministro del Departamento en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses. En ambos casos los plazos se contarán a partir del día siguiente al de esta publicación. No se podrá interponer el recurso contencioso contencioso-administrativo sin que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Firme la resolución en vía administrativa, desde el primer momento en el caso de sanciones muy graves y por no haber interpuesto recurso de alzada o haber sido resuelto en el caso de las leves y graves, y de conformidad con lo señalado en la Orden 3662/2003, de 29 de diciembre, deberá proceder al ingreso del citado importe por medio del documento 069 cuyo ejemplar y el expediente se encuentran en la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, calle Josefa Valcárcel, núm. 11, 28027 Madrid; haciéndolo efectivo en los lugares que se indican en dicho documento, en los plazos que se recogen en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio de la recaudación en período ejecutivo y determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos de este período; todo ello en conformidad con los artículo 161, 26 y 28 de la Ley 58/2003, del 17 de diciembre, General Tributaria.

Relación de sujetos notificados: SP- 0007/2012 Cocin Nova, S.L. (Mi Cocina).

Madrid, 27 de mayo de 2013.- El Ingeniero Inspector de Explotación de la Autopista, don Fernando García Bonilla.

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