Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-21385

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2013, páginas 28499 a 28499 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-21385

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia.

Hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 646/2012 en el que se ha dictado con fecha 28 de septiembre de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Nadial, S.L., con CIF B-58579533 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2012-8004469.

Tipo de concurso: Abreviado. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Nadial, S.L., con domicilio en Gran Via de les Corts Catalanes 8-10 Hospitalet de Llobregat.

Administrador concursal don Juan Vives Rodríguez de Hinojosa con domicilio en c/ Calvet 30-34 2.º 2.ª de Barcelona con correo electrónico concurso.nadial@magdalenoramos.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre domicilio y demas datos de identidad del acreedor así como los relativos al crédito su concepto cuantía fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicaran además los bienes o derechos a que afecte y en su caso los datos registrales. También se señalara un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 11 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid