Don José María Valls Soriano Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil, n.º 2 de los de Barcelona y provincia.
Hago saber:
Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 650/2012 en el que se ha dictado con fecha 28/9/12 y 4/10/12 auto declarando en estado de concurso a la entidad Servirisk Control, S.L., con CIF B-61938742 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2012-8004473.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Servirisk Control, S.L. con domicilio en Gran Vía de les Corts Catalanes, 8-10, Hospitalet de Llobregat.
Administrador concursal don Juan Vives Rodríguez de Hinojosa con domicilio en c/ Calvet, 30-34, 2.º 2.ª de Barcelona con correo electronico concurso.serviriskcon@magdalenoramos.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 16 de octubre de 2012.- El Secretario judicial.
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