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Edicto
Doña Sandra Rosa Pérez Gómez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:
1.º Que, en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 200/2013 y NIG n.º 15030 47 1 2013 0000376, se ha dictado en fecha 20 de mayo de 2013, auto de declaración de concurso voluntario-abreviado de las deudoras Equipamientos del Hogar Carral 2, S.L.U., domiciliada en Vigo (Pontevedra), Rúa Carral, n.º 2, bajo, CP 36202, CIF B-36834257, e Interproject Suministros y Proyectos, S.L.U., domiciliada en Santiago de Compostela (A Coruña), Avda. Rosalía de Castro, 129, piso bajo, CIF B-70181110.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirán ejerciendo las deudoras. Se ha designado, como administración concursal, al Economista don José María González Castro, con domicilio postal en c/ Pintor Genaro Carrero, núm. 5 - 3.º, Noia (A Coruña), y dirección electrónica señalada concursalcarral2@alfaauriga.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
A Coruña, 24 de mayo de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
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