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Documento BOE-B-2013-22796

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2013, páginas 30303 a 30303 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-22796

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 0000092/2013 se ha dictado en fecha 3 de junio de 2013 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO NECESARIO ABREVIADO del deudor LÓPEZ Y COMPAÑÍA CONSULTORES, S.A. (LYCCSA), con CIF N.º A-06053037, cuyo centro de interés principal lo tiene en Cl. Arturo Barea, n.º 11, 1.º, de Badajoz.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al letrado D. MATEO GIRALT RAMÍREZ, con despacho profesional en Avda. Juan Carlos I, n.º 8-A, Entreplanta, BADAJOZ. Correo electrónico mateogiralt@icaba.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistido de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral.

Badajoz, 4 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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