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Documento BOE-B-2013-22970

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, relativo a notificación de trámite de audiencia y propuesta de resolución formulados en diversos procedimientos sancionadores incoados por infracción al texto refundido en la Ley de Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2013, páginas 30547 a 30548 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2013-22970

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de los trámites de audiencia y propuestas de resolución formulada en los expedientes sancionadores siguientes que no han podido ser notificados en el domicilio del interesado, por ser estos desconocidos, por dirección incorrecta o bien, porque intentada la notificación no se ha podido realizar por ausente.

Expediente: D-363/2012 incoado contra Bartolomé Martínez Heredia, domiciliado en Igualada (Barcelona) y con D.N.I.: 23144465W, por haber realizado la construcción y explotación de un sondeo en Paraje Cerro del Castillico-Ugejar, del término municipal de Lorca (Murcia) sin la correspondiente autorización administrativa. La sanción propuesta es de 10.000,01 euros de forma solidaria junto al otro denunciado, Pedro Martínez Heredia, y se prohíbe la extracción de agua del pozo, se ordena el levantamiento de la maquinaria elevadora así como la clausura de la captación, procediendo a tapar la parte superior del pozo con una chapa soldada a su boca, con apercibimiento de que de no realizarlo en el plazo establecido se procederá a su ejecución forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas y/o la ejecución subsidiara.

Expediente: D-493/2012 incoado contra Salvador Sánchez Fernández, domiciliado en Bullas (Murcia) y con D.N.I.: 22265410F, por haber modificado el perímetro de riego autorizado del aprovechamiento n.º 6.926 inscrito en el Registro de Aguas de la cuenca, en la Sección C, Tomo 12, Hoja 2371, incumpliendo las condiciones de la resolución de fecha 2 de septiembre de 2008 (expediente APM 24/07, en relación con el IPR 567/1988). Modificando el destino autorizado del agua, regando una superficie de 6 ha fuera del perímetro de riego en el Paraje Casa D. Pedro- La Copa de Bullas, en el término municipal de Bullas (Murcia) La sanción propuesta es de 1.000 Euros y se ordena el estricto cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de Presidencia de 2 de septiembre de 2008 dictada en el expediente con referencia APM-24/2007 en relación con IPR 567/1988, y se prohíbe, en todo caso, modificar las características del aprovechamiento del que es titular sin autorización de este Organismo, debiendo anular la tubería por la que recibe el agua la superficie no autorizada, con apercibimiento de que de no realizarlo en el plazo establecido se procederá a su ejecución forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas, y/o la ejecución subsidiara, y/o inicio del correspondiente expediente de extinción del derecho del denunciado a las aguas del aprovechamiento inscrito, excluyéndose del mismo.

Expediente: D-578/2012 incoado contra Campo Verde, S.C.L., domiciliado en Murcia (Murcia), por haber un uso privativo de aguas para riego de cultivo de 2,16 Ha de melones en la parcela 210 del polígono 32 del término municipal de Fuente Álamo (Murcia) sin la correspondiente autorización administrativa. Se propone una sanción de 3.000 Euros y de 642 Euros en concepto de daños al dominio público hidráulico y se prohíbe el uso privativo de aguas para el riego de la parcela denunciada, hasta tanto no se obtenga la oportuna autorización o concesión de este Organismo, y se ordena la desconexión de la instalación de riego de la parcela de la red de distribución general que le suministra agua dejando la tubería a la vista para su precinto por parte del personal técnico de este Organismo en tanto no disponga de autorización para usar tales caudales con apercibimiento de que de no realizarlo en el plazo establecido se procederá a su ejecución forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas y/o la ejecución subsidiara.

Expediente: D-664/2012 incoado contra Ana Martínez Fernández, domiciliada en Cuevas de Almanzora (Almería) y con D.N.I.: 27003735X, por haber realizado el acopio de un cordón o caballón de áridos dentro del lecho del cauce de la Rambla de Canalejas, junto a la margen derecha, entre las coordenadas U.T.M. WGS84 X609642 Y4133870 y las coordenadas U.T.M. WGS84 X609568 Y4133667, formado por áridos procedentes del lecho del cauce y de los depositados en la parcela 554 del polígono 5 del término municipal de Cuevas de Almanzora (Almería), sin la correspondiente autorización administrativa. La sanción propuesta es de 3.000 Euros y se ordena la reposición del terreno a su estado anterior con apercibimiento de que de no realizarlo en el plazo establecido se procederá a su ejecución forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas y/o la ejecución subsidiara.

Expediente: D-668/2012 incoado contra Alfonso García Asencio, domiciliado en Madrid y con D.N.I.: 21881494F, por haber realizado la plantación de un cultivo de cítricos sobre el lecho del cauce y la zona de servidumbre, suponiendo por un lado un uso privativo de aguas sin concesión ni autorización y por otro la ejecución de una plantación en cauce público, en el Paraje El Campillo, en el término municipal de Orihuela (Alicante) sin la correspondiente autorización administrativa. La sanción propuesta es de 2.000 Euros y se ordena la reposición del terreno a su estado anterior con apercibimiento de que de no realizarlo en el plazo establecido se procederá a su ejecución forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas y/o la ejecución subsidiara.

Expediente: D-146/2013 incoado contra Juan Martínez Sánchez, domiciliado en Alhama de Murcia (Murcia) y con D.N.I.: 23226719P, por haber realizado la colocación de un vallado-puerta de tela metálica en zona de servidumbre de un barranco innominado, de dimensiones de 2 metros de altura por 5 metros de ancho, el cual impide las funciones propias de dicha zona de servidumbre, en el término municipal de Alhama de Murcia (Murcia) sin la correspondiente autorización administrativa. La sanción propuesta es de 2.500 Euros y se ordena la reposición del terreno a su estado anterior con apercibimiento de que de no realizarlo en el plazo establecido se procederá a su ejecución forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas y/o la ejecución subsidiara.

Contra la propuesta de resolución que se le comunica conforme el artículo 332 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, en un plazo de quince días podrán alegar cuanto estime conveniente en defensa de sus derechos o intereses, pudiendo recogerse copia de la propuesta en dicho Organismo, c/ Mahonesas, 2, Murcia.

Murcia, 10 de junio de 2013.- El Comisario de Aguas, José Carlos González Martínez.

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