Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-2307

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada, por la que se modifica la declaración de la utilidad pública de la instalación eólica de generación de energía eléctrica denominada "Parque Eólico Padul", en el término municipal de Padul (Granada). Expte. 7.971/AT.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2013, páginas 3017 a 3020 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2013-2307

TEXTO

Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo se constatan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero: Mediante escrito de fecha 9 de marzo de 2000, la empresa Wind Ibérica España, S.A. solicitó en esta Delegación Territorial, autorización administrativa para realizar instalación eólica de generación de energía eléctrica, en el término municipal de Padul, denominada "Parque Eólico Padul".

Segundo: Con fecha 10 de febrero de 2006, esta Delegación acuerda otorgar el cambio de titularidad del expediente a favor de Enel Unión Fenosa Renovables, S.A., que tras una fusión por absorción en la actualidad se corresponde con la empresa Enel Green Power España, S.L., con domicilio en Avda. de la Borbolla, núm. 5, de Sevilla.

Tercero: Posteriormente se dictó Resolución de 13 de febrero de 2006 de la extinta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Granada por la que se concede autorización administrativa a Enel Unión Fenosa Renovables, S.A. para la citada instalación en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por Resolución de 23 de febrero del 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Boja nº 59 de 28 de marzo de 2005).

Cuarto: Consta en el expediente Declaración de Impacto Ambiental favorable emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada, así como nuestra aprobación del proyecto de ejecución efectuada mediante Resolución de 7 de octubre de 2009.

Quinto: Mediante escrito de 18 de noviembre de 2009 la promotora solicita la modificación a la aprobación del proyecto de ejecución, consistente en el cambio de trazado de la red subterránea desde los aerogeneradores 1 y 2 hasta la subestación de conexión, modificación aprobada por Resolución de 30 de noviembre de 2009.

Sexto: Con fecha 29 de enero de 2010 esta Delegación declaró de utilidad pública la instalación de generación eléctrica denomina Parque Eólico Padul, con número de expediente 7.971/AT, con el correspondiente anexo donde se establecía la relación de bienes y derechos afectados.

Séptimo: La empresa beneficiaria de la declaración de utilidad pública Enel Green Power España, S.L., presenta el 3 de julio de 2012, como complemento de su escrito de 6 de septiembre de 2011, el listado de las parcelas que no han resultado afectadas por el expediente expropiatorio una vez realizado el parque eólico, acompañadas de la relación de bienes y derechos afectados definitivamente por la instalación del Parque Eólico con los que no existe acuerdo con los propietarios. Igualmente se acompañó en este escrito relación de propietarios y parcelas si afectadas donde consta el acuerdo con la empresa beneficiaria.

Fundamentos de derecho

Primero: Esta Delegado Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada es competente para la modificación de la declaración de utilidad pública de la instalación referenciada, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 149/2012 de 05 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 5.6 de la Orden de 24 de junio de 2010 por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

Segundo: El expediente ha sido tramitado conforme a lo establecido en la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y su reglamento, la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, resuelve:

Primero: Modificar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la utilidad pública de la instalación citada sustituyendo a la publicada junto a la Resolución de 29 de enero de 2012. La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Segundo: Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y su Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por la instalación del parque eólico y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.

Esta Resolución se notificará a cada interesado, publicándose además en el BOE, BOJA y BOP de Granada, así como en el tablón oficial del Ayuntamiento de Padul, todo ello de conformidad con lo establecido en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para el caso de domicilios ignorados o de notificaciones que no se hubiesen podido practicar.

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre o Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el Parque Eólico Padul (Granada).

Núm.

Datos del propietario de la finca afectada

Situación y datos catastrales de la finca afectada

Pleno dominio

Servidumbre

Nombre, Apellidos y DNI

Naturaleza

del

Terreno

Paraje del terreno y

Término municipal

Números poligono y

Parcela Catastral

Superficie Catastral

Total (m²)

Aeroge-nerador

Cimen-tación

(m²)

Platafor

ma (m²)

Vuelo (m²)

Vial (m²)

Zanja (m²)

1

Antonio Tovar Fernandez

23412079-B

E(*)

El Rubio

PADUL

2

306

5,857

0

0

0

0

211

0

2

Dolores Delgado Ferrer

E(*)

El Rubio

PADUL

2

308

15,152

0

0

0

0

542

0

3

José Tovar Alcalá

E(*)

Cerrillo Cervera PADUL

16

737

7,284

0

0

0

0

615

0

4

Ana Sánchez Arias

46-633.800 N

Juan de la Cruz Almendro

Morales. 2424777-R

E (*)

Cerrillo Cervera PADUL

16

736

1,790

0

0

0

0

46

0

5

Ana Sánchez Arias

46-633.800 N

Juan de la Cruz Almendro

Morales. 2424777-R

E (*)

Cerrillo Cervera PADUL

16

735

3,394

0

0

0

0

102

0

6

Juan Rejón Roldán

E (*)

El Rubio

PADUL

16

723

12,577

0

0

0

0

0

15

7

Antonia Cordovilla Franco. 24166917 N

AM(*)

El Rubio

PADUL

16

492

9,085

0

0

0

0

242

0

8

Antonio García Paniza

E (*)

El Rubio

PADUL

16

719

11,176

A9

0

27

0

36

0

9

Salvador Molina Villena 24092537-Z

E(*)

El Rubio

PADUL

2

333

26,733

A9

0

0

107

0

0

10

Antonio Duarte Ferrer

24070273-Z

E(*)

Cañada de los Ortega/ PADUL

2

341

227

A10

0

0

0

9

0

11

Dolores Sanchez Casares

23.679.132 B

E(*)

Cañada de los Ortega/ PADUL

2

346

261

A10

0

98

159

0

6

12

Antonio García Sotoi

E(*)

Cañada de los Ortega/ PADUL

2

343

584

0

0

0

0

26

0

13

María del Carmen Maldonado García

24.178.360-R

C(*)

Cañada de Vergara

PADUL

16

488

42,422

0

0

0

0

242

0

14

Esteban Sánchez Lagares

23.679.135 Z

O(*)

Los Garronchales

PADUL

16

1

2,384

0

0

0

0

137

0

15

Ana Sánchez Casares

23.548.529 W

E(*)

Los Garronchales PADUL

16

2

3,081

A11

0

0

5

150

0

16

Juan Sánchez Delgado y Concepción Castillo Pérez

AM(*)

Los Garronchales PADUL

2

355

16.176

A 11

0

0

0

51

20

17

Joaquín Villena Álvarez

23.411.960 F

C(*)

Cañada de la Sima

PADUL

16

867

13,040

0

0

0

0

416

0

18

Gracia Villena Álvarez

23.414.105 J

Joaquín Villena Álvarez

23.411.960 F

O(*)

Cañada de la Sima

PADUL

16

868

273

0

0

0

0

13

0

19

Gracia Villena Álvarez

23.414.105 J

C(*)

Chiribaile

PADUL

16

864

2,152

0

0

0

0

324

0

20

Gracia Villena Álvarez

23.414.105 J

C(*)

Chiribaile

PADUL

16

863

29,606

0

0

0

0

7

0

21

Gracia Villena Álvarez

23.412.058 J

C(*)

Chiribaile

PADUL

16

853

5,991

0

0

0

0

381

0

22

José Fermín Villena Martín

24.193.090 B

C(*)

Chiribaile

PADUL

16

849

21,661

0

0

0

0

93

0

23

José Fermín Villena Martín

24.193.090 B

C(*)

Chiribaile

PADUL

16

848

7,508

0

0

0

0

351

0

24

Concepción Villena Álvarez

23.584.448 H

C(*)

Chiribaile

PADUL

16

846

4,983

0

0

0

0

15

0

25

Joaquina Martín Villena

23.414.112 C

C(*)

Chiribaile

PADUL

16

832

5,365

0

0

0

0

87

0

26

Joaquín Morales Molina

24.123.269 H

Joaquina Martín Molina

24.169.340 C

C(*)

Cuesta del Espino/ PADUL

16

823

779

0

0

0

0

174

0

27

Mª Lourdes García Alvarez

24.113.025 D

AM(*)

Cerro Gordo PADUL

17

75

8.409

0

0

0

0

844

0

28

Salvador Ferrer Moreno

C(*)

Cerro Gordo PADUL

17

69

4,075

0

0

200

0

122

0

29

Diego García Maldonado

24.089.540 F

AM(*), E(*)

Los Garronchales

17

65

20,455

A1

0

1

372

0

42

30

Mª Josefa Villena Rejón

74.578.702 Y

E (*)

Cerro Gordo

PADUL

17

87

49,884

A1

0

1547

78

1.697

402

31

Otilia Maldonado García y Francisco García Maldonado

23.518.130 D

E(*)

Cerro Gordo

PADUL

17

92

10,218

A2

0

0

9

0

0

32

Dolores Maldonado García y Francisco García Maldonado

E (*),

MB (*),

EA (*) y AT (*)

Cerro Gordo

PADUL

17

93

21,299

A2

0

0

0

0

24

33

Andrés Cordovilla Morales

AM (*)

Cerro Gordo

PADUL

17

98

5,971

0

0

0

0

79

0

34

Francisco Maldonado García

E(*)

Cerro Gordo

PADUL

17

97

3,143

A3

0

0

288

0

0

35

Francisco Delgado Martos

23.411.932 W

E(*)

Cantarranas

PADUL

17

721

15,752

0

0

0

0

0

238

O (*) Olivos. AM (*) Almendros. E (*) Erial Pastos. C (*) Labor secano. MB (*) Monte Bajo. EA (*) Edificaciones Agrarias. AT (*) Espartizar o Atochar. VT (*) Vía de Comunicación de Dominio Público.

La afección de vial de las parcelas que se indican a continuación incluyen afección de la zanja en la que se instala la línea eléctrica subterránea:

Polígono 16:

Parcelas: 719, 737, 736, 735, 867, 868, 864, 853, 849, 848, 823.

Polígono 17:

Parcelas: 75, 69.

Polígono 2:

Parcelas: 306, 308.

Granada, 5 de diciembre de 2012.- Delegado Territorial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid