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Documento BOE-B-2013-2328

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2013, páginas 3045 a 3045 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-2328

TEXTO

D. Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.- Concurso voluntario 863/2012 6.ª

Tipo de concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- Talleres Mecánicos Bercam S.A., CIF A-58363672.

Fecha del auto de declaración.- 21 de diciembre de 2012.

Administradores concursales.- Perna Ferrandiz, S.L.P., que designa como persona natural a D. Carlos Ferrándiz Gabriel, con NIF: 37638272-Z, abogado, con domicilio profesional en Travesera de Gràcia 18-20, 5.º 3.ª, de Barcelona, con correo electrónico cferrandiz@perna-ferrandiz.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 8 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

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