Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-23420

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2013, páginas 31168 a 31168 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-23420

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente,

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000856/2012 - MJ sobre declaración de concurso de la mercantil Novias Pepe Botella, SL Unipersonal, con domicilio en Calle Bazán, n.º 10, de Alicante, C.P. 03001, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 1879, Folio 33, Hoja A-36159., y C.I.F. número B-53087425, se ha dictado auto de fecha esta fecha, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamientos:

Parte Dispositiva

1.- Se declara la terminación de la fase común del concurso.

2.- Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

3.- Se convoca la Junta de Acreedores.

4.- Consultada la agenda de señalamientos, se pone en mi conocimiento por la Secretaria Judicial, que la Junta de Acreedores se celebrará el próximo diez de octubre de dos mil trece, a las diez y treinta horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado (Sala n.º 9, sita en la 1.ª Planta), publicándose edictos en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el BOE, este último de forma urgente y gratuita, debiendo aportar poder suficiente para la asistencia y voto en la citada Junta.

5.- No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, este y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta cuarenta días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (arts. 114 y 143 LC).

6.- Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del art. 197.3 LC.

Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.

Alicante, 30 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid