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Documento BOE-B-2013-2346

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2013, páginas 3063 a 3063 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-2346

TEXTO

Edicto

El Juzgado mercantil núm.1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la LC, anuncia:

1. Que en el procedimiento número 910/12, NIG 1808742M20120000962, por auto de 17 de diciembre de 2012, se ha declarado en concurso abreviado voluntario la entidad Fernández y Olmedo S.A., con CIF núm. A18082206 y domicilio en Granada, Avenida Sur, Edificio Presidente, n.º 2, 6.º B, CP 18004.

2. Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3. Se declara disuelta la entidad Fernández y Olmedo S.A., con C.I.F. núm. A-18082206 cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que pudiera ser parte.

4. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, comunicación electrónica o presentación en el domicilio designado, en la siguiente dirección:

La comunicación de cada acreedor se presentará o remitirá a la siguiente dirección de la Admon.Concursal: Quero Serrano y Asociados, S.L.P., con domicilio en C/ Arabial, núm.47, portal 1.º, 2.º B, CP 18004 de Granada. Dirección electrónica: ltovar@quero-serrano.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaracion del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.

5. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 20 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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