Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:
Que en el procedimiento concursal n.º 279/11, referente al concursado don Javier Madrigal Rasero con DNI n.º 45.420.106-M, por auto de fecha 20 de agosto de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1. Concluir el procedimiento concursal por inexistencia de bienes y derechos suficientes para hacer frente a los derechos de los acreedores y los créditos contra la masa reconocidos con los efectos del art. 178 LC.
2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, subsistentes.
Murcia, 11 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.
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