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Documento BOE-B-2013-2393

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2013, páginas 3112 a 3112 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-2393

TEXTO

Edicto

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 191/12 (Número de Identificación General 33044 47 1 2012 0000540) se ha dictado en fecha 11 de diciembre de 2012 Auto declarando en concurso voluntario ordinario al deudor Construcciones Mecánicas Urueña, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal: A-33564469, domicilio sito en Turón, Mieres, Polígono Industrial de la Cuadriella.

2º.- Se ha nombrado como Administrador concursal a doña Nuria Fernández Díaz, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente domicilio postal: calle Uría, número 39, 7, 33003 Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: cm-uruena@administradoraconcursal.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que en ningún caso tendrá por bien hecha la comunicación de crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración concursal es; de lunes a viernes de once a trece y de diecisiete a diecinueve horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 3 de enero de 2013.- La Secretaria judicial.

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