D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:
Que en el procedimiento concursal número 369/2012, referente a la concursada "Construcciones y Estructuras Casaplan, S.L.", por auto de fecha 13 de junio de 2013, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor a los efectos establecidos en el artículo 142 de la LC, en su redacción dada por la Ley 38/11 de 10 de octubre.
2.- La situación de la concursada será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.
3.- Se declara disuelta la mercantil "Construcciones y Estructuras Casaplan, S.L.", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
4.- Requerir a la Administración concursal, para que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 152 LEC, informe cada tres meses sobre el estado de las operaciones, detallando y cuantificando los créditos contra la masa, devengados y pendientes de pago, con indicación de sus vencimientos.
5.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Ciudad Real, 13 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.
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