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Documento BOE-B-2013-23983

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 22 de junio de 2013, páginas 31929 a 31930 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-23983

TEXTO

Edicto

Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña,

En este órgano judicial se tramita Sección VI Calificación Concurso 273/2012 seguido a instancias de Construcciones Concifa, S.L. sobre concurso voluntario ordinario en los que, por sentencia de fecha 30 de abril de 2013, se ha acordado la publicación en extracto de dicha resolución:

Sentencia

A Coruña, a treinta de abril de dos mil trece

Don Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, ha visto los presentes autos concurso voluntario n.º 273/2012-L, y su Sección Quinta, de Convenio, de la deudora Construcciones Concifa, S.L., representada por el Procurador don Rafael Rodríguez Ramos y defendida por el Letrado doña Sandra Ríos Bouza, con intervención de la administración concursal, en los que ha recaído la presente resolución (...)

Fallo

Apruebo el convenio propuesto por la concursada, Construcciones Concifa, S.L., en autos de concurso voluntario abreviado n.º 273/2012, aceptado con la mayoría legalmente suficiente de acreedores mediante las adhesiones computadas en la junta del pasado día quince de abril de dos mil trece.

En consecuencia, cesan desde la fecha de esta sentencia todos los efectos de la declaración de concurso, que quedan sustituidos por los que el propio convenio establece. En todo caso, subsistirá hasta la conclusión del procedimiento el deber de colaboración e información que establece con carácter general el artículo 42 de la Ley Concursal, además del deber de información semestral del artículo 138 LC.

Fórmese la Sección Sexta, de calificación, conforme previene el artículo 167 de la LC.

En el plazo de veinte días contados a partir de la notificación de esta resolución, el administrador concursal rendirá cuentas de su actuación ante este Juzgado conforme a lo previsto en el artículo 133.2 de la LC.

Publíquense edictos que extracten la sentencia en el Boletín Oficial de Estado y solicítese su inserción gratuita conforme a lo previsto en el artículo 23 1 LC. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil de A Coruña, donde figura inscrita la declaración del concurso de la deudora Construcciones Concifa, S.L., Cabañas (A Coruña) Lugar Barqueiro-Santa Cruz de Salto-1, CIF B 15.317.373, y a los Registros de la Propiedad de Betanzos y Pontedeume, con relación a las fincas respecto de las cuales se ha ordenado la anotación de la declaración del concurso.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección Cuarta) que deberá interponerse ante este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 458 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero, según redacción procedente de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, con simultánea constitución del depósito legalmente exigido.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

A Coruña, 7 de mayo de 2013.- La Secretaria.

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