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Documento BOE-B-2013-2418

JEREZ DE LA FRONTERA

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2013, páginas 3137 a 3137 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
Referencia:
BOE-B-2013-2418

TEXTO

Edicto

En el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1 de Jerez de la Frontera, en el proceso de Divorcio Contencioso 47/2012, se ha dictado sentencia n.º 80/2012 en fecha 17 de diciembre de 2012 que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Vistos por mí, Graciela González Carrasco, Magistrada-Juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1 de Jerez de la Frontera, los presentes autos de Divorcio Contencioso n.º 47/2012, seguidos a instancia de don Susano Manzueta Hernández, representado por la Procuradora doña Maria Ángeles González Medina y dirigido por el Letrado don Álvaro Argüelles Pérez, contra doña Yvelisse Rosado Reyes, en situación de rebeldía procesal, y en consideración a los siguientes

Fallo

Que estimando la demanda de divorcio formulada por la Procuradora doña María Ángeles González Medina, en nombre y representación de don Susano Manzueta Hernández, contra doña Yvelisse Rosado Reyes, debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio, por divorcio, formado por don Susano Manzueta Hernández y doña Yvelisse Rosado Reyes, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y, en especial, los siguientes:

1. Se atribuye a don Susano Manzueta Hernández el uso del vehículo Ford Fiesta, matrícula 3225 BDG, hasta la liquidación de la sociedad de gananciales.

2. Se declara disuelto el régimen económico matrimonial de sociedad de gananciales que regía en el matrimonio.

Todo ello sin expresa imposición en cuanto a las costas causadas.

Firme que sea esta sentencia líbrese testimonio de la misma que se remitirá al Registro Civil donde conste inscrita la celebración del matrimonio, a los fines procedentes.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden formular recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y el recurrente deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de 50 euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado para la cuenta expediente 4062-0000-02-00047-12, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Graciela González Carrasco, Magistrada-Juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1 de Jerez de la Frontera y de su partido.

Jerez de la Frontera (Cádiz), 4 de enero de 2013.- La Secretaria judicial.

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