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Documento BOE-B-2013-24426

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2013, páginas 32505 a 32505 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-24426

TEXTO

Edicto

Doña Verónica Calvo Moreno, Secretaria del Juzgado Mercantil número 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 LC, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 376 /2013, por auto de 12 de junio de 2013, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Diagomda, S.L.U., con domicilio en Móstoles (Madrid), calle Juan de la Cierva, n.º 60, P.I. Prado de Regordoño, n.º 60, y con CIF n.º B-28/885.275.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

4.º La Administración Concursal designada es la siguiente:

- KPMG Concursal, S.L.P.

- BBVA, S.A.

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico que más abajo se indica, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal.

Tal comunicación se remitirá a la siguiente dirección:

Dirección de correo postal: Paseo de la Castellana, 95, Edificio Torre Europa. -28046 Madrid-. Tfno.: 91 456 34 00. Fax: 91 555 01 32. Dirección de correo electrónico: administracionconcursalGRUPOBLANCO@kpmg.es

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 12 de junio de 2013.- Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 8 de Madrid.

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