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Documento BOE-B-2013-2477

Anuncio de la Notaría de don José Corbi Coloma sobre venta extrajudicial de ejecución hipotecaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2013, páginas 3224 a 3225 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-2477

TEXTO

D. José Corbi Coloma, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en la capital,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en 46003 Valencia, calle de la Paz, número 28-2.º-7.ª, se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, bajo el número de expediente provisional EB0006, de la siguiente finca:

Urbana.- Forma parte de la casa situada al centro mirando a la fachada, señalada con la letra B.

24.- Local número veinticuatro. Piso quinto de la izquierda mirando a la fachada, demarcada su puerta con el número once, tipo G, con distribución propia para habitar. Ocupa una superficie útil de sesenta y ocho metros, sesenta decímetros, considerando como frente la zona descubierta donde está emplazado el patio de entrada, linda: por frente, dicha zona y en parte, piso puerta número doce de la casa letra C; por la derecha mirando a la fachada; rellano y hueco de la escalera; por la izquierda, patio interior de luces, y por espaldas, generales del edificio.

Cuota de participación.- 2,87%.

Inscripción.- Registro de la Propiedad Valencia dieciséis, al tomo 2.642, libro 47, folio 98, finca 3.064 (antes 41.444).

Integración.- Forma parte de un Edificio situado en Valencia, calle de Santander, número veinticinco de policía, comprensivo en total de ochocientos treinta y cuatro metros, treinta y tres decímetros cuadrados. La totalidad de la finca linda: por frente, calle de situación; derecha entrando, con doña María de los Llanos Martínez Ochando; izquierda, con doña Consuelo Juan González, y espaldas, con Barrio Obrero.

Referencia Catastral.- Es la número 4706421YJ2740F0024AF.

Y que procediendo a la subasta de dicha finca, esta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones, conforme a los artículos 234 al 236 del Reglamento Hipotecario y Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos:

Tendrá lugar en mi Notaría, en única subasta, el día 7 de marzo de 2013 a las 11:00 horas de la mañana, siendo el tipo señalado para la subasta el de ciento ochenta y tres mil ciento veinticuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos (183.124,44 euros). Si la mejor postura presentada fuera inferior al 70% de dicho tipo, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70% del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido dicho plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, en el plazo de cinco días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60% del valor de tasación.

Si el acreedor no usare esa facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50% del valor de tasación, o, siendo inferior cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, el acreedor podrá en el plazo de veinte días pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60% del valor de tasación.

La documentación y certificación del Registro a que aluden los artículos 236a) y 236b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en mi Notaría, de lunes a viernes, de 9,00 a 13,00 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al 30% del tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Valencia, 15 de enero de 2013.- El Notario.

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