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Documento BOE-B-2013-25128

Anuncio de la Notaría de don Juan Montero-Ríos Gil sobre venta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2013, páginas 33482 a 33484 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-25128

TEXTO

Yo, Juan Montero-Ríos Gil, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Torrent y con despacho abierto en la calle Idilio Gimeno, número 6, bajo, doy fe:

Primero.- Que por la entidad Banco Español de Crédito, S.A. (Banesto), hoy Banco de Santander, S.A., he sido requerido con fecha 20 de noviembre de 2012 para que, dando cumplimiento a lo pactado en la escritura de constitución de hipoteca autorizada por el notario de Benetusser don Tobías Calvo Escamilla, el día 24 de julio de 2006, número 2812 de su Protocolo proceda a la venta extrajudicial de la finca hipotecada que se describe a continuación conforme a los artículos 1.858 del Código Civil y 129 de la Ley Hipotecaria, por falta de cumplimiento de la obligación garantizada, con las formalidades establecidas en el Reglamento Hipotecario.

Segundo.- Que la entidad acreedora reclama el pago de las siguientes cantidades y conceptos:

a) Principal reclamado: Sesenta y dos mil novecientos catorce euros con veintiséis céntimos (62.914,26 euros).

b) Intereses ordinarios: Trescientos noventa y siete euros con noventa y siete céntimos (397,97 euros) y, en cualquier caso, hasta el límite garantizado.

c) Intereses moratorios:

- hasta el día 1 de junio de 2012: Treinta y nueve euros con seis céntimos (39,06 euros).

- hasta el día 25 de junio de 2012: Cuatrocientos treinta y dos euros con treinta y ocho céntimos (432,38 euros).

Más los que se devenguen hasta el momento del pago y, en cualquier caso, hasta el límite garantizado.

Tercero.- La finca hipotecada, propiedad de la mercantil "Procinc Monserrat, Sociedad Limitada", con domicilio legal de notificaciones en Valencia, calle Burriana, número 26, puerta 16, obedece a la siguiente:

Descripción: Departamento número 8 de orden. Vivienda del tipo "D"; situada en la segunda planta alta del edificio. Distribuida interiormente en dependencias propias para habitar; con acceso por puerta recayente a la caja de escalera del edificio. Su puerta está marcada con el número 8. Tiene una superficie construida con elementos comunes de ochenta y tres (83) metros con noventa y ocho (98) decímetros cuadrados y una superficie útil de cincuenta y nueve (59) metros con setenta y cinco (75) decímetros cuadrados.

Cuota de Participación: le corresponde una cuota de participación de cinco (5) enteros cincuenta y nueve (59) centésimas por ciento.

Inscripción.- Registro de la Propiedad de Torrent Tres, tomo 2999, libro 1360, folio 40, finca 71.335 de Torrent.

Forma parte de Edificio en Torrent (Valencia), con fachada principal a la calle San Gregorio, por donde tiene su patio-zaguán, número cuarenta y ocho (48) de policía urbana y con fachada secundaria a calle de Hernández Malillos.

Título de propiedad.- El de declaración de obra nueva y división horizontal, previa agrupación, mediante escrituras autorizadas por el notario autorizante del préstamo y en la misma fecha.

Referencia catastral.- 7785927YJ1678N0008ZM.

Cuarto.- Requerimientos y notificaciones. Se ha realizado el requerimiento de pago, sin éxito a la parte deudora y las notificaciones a los titulares posteriores conforme a lo dispuesto en los artículos 236-c y 236 d) del Reglamento Hipotecario.

Quinto.- Ley 1/2013.

Como consecuencia de su entrada en vigor y en aplicación de la D. Transitoria 5ª se procedió a la suspensión del procedimiento iniciado del que se había celebrado la primera subasta de las tres convocadas por lo que procede el anuncio de las dos restantes que regula el artículo 236 f) del Reglamento Hipotecario con las siguientes:

Sexto.- Condiciones.

1ª.- Lugar y fechas de celebración. Tendrán lugar en mi notaría sita en Torrent (Valencia) calle Idilio Gimeno, número 6, bajo.

La segunda subasta el día 31 de julio de 2013, a las diez horas treinta minutos, cuyo tipo será el setenta y cinco por ciento del correspondiente a la primera que fue de ciento setenta y un mil quinientos cincuenta euros (171.550,00 euros); y de no haber postor o si resultare fallida, la tercera subasta el día 2 de octubre de 2013, a las nueve horas treinta minutos sin sujeción a tipo; se procederá al señalamiento de plazo de la subastilla en caso de que existiese mejora de postura con arreglo a lo dispuesto en el artículo 236 g) 7 del Reglamento Hipotecario.

2ª.- Aplicación del Reglamento Hipotecario. Que de conformidad con la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 17 de septiembre de 2012 y la D. Transitoria 5ª de la Ley 1/2013 que impide la aplicación del artículo 129 de la Ley Hipotecaria a la presente será de aplicación la normativa del Reglamento Hipotecario sin que quepa aplicación analógica de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

3ª.- Vivienda habitual. Tratándose de una entidad mercantil no cabe la consideración ni acreditación del carácter de habitual de la propiedad objeto del procedimiento.

4ª.- Documentación. La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de nueve quince horas a trece quince horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.

5ª.- Depósito. Los licitadores, excepción hecha del acreedor, deberán consignar previamente a la subasta en la cuenta número 0075 0063 05 0600005352 de la entidad Banco Popular, S.A., sito en Torrent, Avenida País Valencia 12 bajo una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda en la segunda subasta, o el veinte por ciento del tipo de la segunda caso de tratarse de la tercera subasta.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

En Torrent, 20 de junio de 2013.- El Notario.

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