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Documento BOE-B-2013-25142

Anuncio de Comisión Nacional de Energía sobre notificación de la Resolución del Consejo de la Comisión Nacional de Energía por la que se tiene por desistido a Biodiésel de Andalucía 2004, S.A., de su solicitud de certificados definitivos de biocarburantes para el ejercicio 2010 y se expiden certificados definitivos de biocarburantes del año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2013, páginas 33501 a 33501 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2013-25142

TEXTO

Intentada la notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a los efectos previstos en el citado artículo por el presente anuncio se notifica a Biodiésel de Andalucía 2004, S.A., el acto siguiente:

El Consejo de la CNE, en su sesión de fecha 23 de mayo de 2013, acuerda tener por desistida a la sociedad Biodiésel de Andalucía 2004, S.A., de su solicitud de expedición de certificados definitivos de biocarburantes para el ejercicio 2010, dando por concluso el procedimiento.

No realizar la expedición de Certificados definitivos de Biocarburantes en Diésel y de Certificados de Biocarburantes en Gasolina del año 2010. Determinar, en consecuencia, que a la entidad Biodiésel de Andalucía 2004, S.A., le corresponde realizar un abono en la cuenta a nombre de la Comisión Nacional de Energía antes del 1 de julio de 2013.

La presente decisión agota la vía administrativa pudiendo ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional undécima, tercero, 6 de la Ley 34/1998 de 7 de octubre, así como en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, sin perjuicio de la posibilidad de interponer frente a la misma recurso potestativo de reposición ante la CNE, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado en la sede de la Comisión Nacional de Energía, situada en Madrid, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid.

Madrid, 21 de junio de 2013.- El Presidente de la Comisión Nacional de Energía, Alberto Lafuente Félez.

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