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Documento BOE-B-2013-26479

Anuncio de la Notaría de doña Patricia Gala Ramírez López sobre venta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2013, páginas 35326 a 35327 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-26479

TEXTO

Doña Patricia Gala Ramírez López, Notario del Ilustre Colegio de Baleares, con residencia en Santa Margarita,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en la calle Alegrías, número 2B, se tramita venta extrajudicial conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Bien Hipotecado:

Urbana.- Vivienda tipo dúplex del edificio señalado con el número tres de la calle Arenal, del lugar de Can Picafort, término de Santa Margarita, situada en la parte posterior del mismo, con acceso desde una calle privada. Tiene una superficie total construida de ciento ochenta y seis metros cuadrados, divididos en dos plantas de noventa y tres metros cuadrados de superficie construida cada una de ellas, intercomunicadas a través de escalera interior. Linda, mirando desde la calle privada que le da acceso: frente, en planta baja, con dicha calle y con el patio o corral del edificio que le es anejo privativo, y en planta de piso, con el vuelo de la calle privada y de dicho patio; derecha, entrando, en planta baja, con el departamento número uno de orden y con el mencionado patio, y en planta de piso, con el departamento número tres de orden y con el vuelo del patio; izquierda, en planta baja, con los solares números cuarenta y nueve y cincuenta del plano de parcelación de la finca de donde procede la íntegra y con el patio del edificio y en planta de piso, con el vuelo de los mismos, y fondo, en planta baja, con la restante mitad del solar número cincuenta y seis del plano de parcelación de finca de la que procede la integra, y en planta de piso, con el vuelo del mismo. Tiene como anejo inseparable el patio o corral del edificio, que tiene una superficie de treinta y cuatro metros cuadrados y linda, mirando desde la mencionada calle privada: frente, con la misma; derecha, entrando, con los departamentos números uno y dos de orden; izquierda, con el departamento número dos de orden; y fondo, con el departamento número dos de orden. Su cuota es de treinta y cinco por ciento. Es la parte determinada número dos de orden. Referencia catastral: 3121301EE1032S0002FS. IDUFIR: 07011000776362

Inscripción.- Se halla Inscrita en el Registro de La Propiedad de Inca número uno, al tomo 4302 libro 464 folio 55, finca 18317 de Santa Margarita.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría. La primera subasta el día 13 de agosto de 2013 a las doce horas, siendo el tipo base doscientos treinta y cuatro mil setecientos veinte euros (234.720 euros), de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el día 16 de septiembre de 2013 a las doce horas, cuyo tipo será el setenta y cinco por ciento de la primera; en los mismos casos, en la tercera subasta regirán los límites de los artículos 670 y 671 de la LEC, y si hubiere pluraridad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 16 de octubre de 2013 a las doce horas.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de nueve a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta en la Notaría, una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponde en la primera y segunda subasta y en la tercera, un veinte por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero

Santa Margarita, 1 de julio de 2013.- La Notario.

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