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Documento BOE-B-2013-26512

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 2013, páginas 35370 a 35370 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-26512

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000985/2011-D, sobre declaración de concurso de la mercantil "Alucasmi, S.L.", con domicilio en calle Contrafuerte, parcela G-21, Elda, y CIF número B-53714390, se ha dictado Sentencia de fecha 11 de junio de 2013, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Fallo.

Que procede aprobar el convenio aceptado en junta de fecha 8 de marzo de 2013, declarando la terminación de la fase común del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, cesando los administradores concursales en el cargo, salvo en lo concerniente a incidentes o reclamaciones pendientes y la Sección Sexta, debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de un mes.

Fórmese la sección sexta, y dentro de los diez días siguientes, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días.

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 17 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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