Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-2690

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2013, páginas 3592 a 3592 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-2690

TEXTO

Concurso abreviado 000564/2009-J.

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante,

Por el presente, anuncio: Que en el concurso abreviado, seguido en este Órgano Judicial, a instancia del Procurador señor Dabrowski Pernas en nombre de "CRB, S.L.". Inscrita en el tomo 1.628, folio 13, hoja A-22.818, inscripción 1.ª, con CIF B-03402617, con domicilio en avenida Benito Pérez Galdós, 20, 1.º, Alicante, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 21 de diciembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de "CRB, S.L.". Inscrita en el tomo 1.628, folio 13, hoja A-22.818, inscripción 1.ª, con CIF B-03402617, con domicilio en avenida Benito Pérez Galdós, 20, 1.º, Alicante, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3. Se acuerda la extinción de "CRB, S.L.", decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al señor Registrador Mercantil de la provincia.

4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 13 de noviembre de 2012.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 Ley Concursal, publicándose en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita en tanto no se cree el Registro Público Concursal.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilustrísimo señor don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez.-Firma del Secretario.

Y para que conste, lo expido.

Alicante, 21 de diciembre de 2012.- La Secretaria.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid