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Documento BOE-B-2013-27540

Edicto del Departamento de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo, adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), por el que se notifica Resolución de fecha 15 de febrero de 2013 del Director de la AECID, en relación con el reintegro de la subvención adjudicada a la ONGD Moviment Per la Pau-Associació d´Objetors de Consciencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2013, páginas 36768 a 36768 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-B-2013-27540

TEXTO

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración de las previstas en el apartado número 5 del indicado precepto, mediante el presente anuncio se notifica a la entidad Moviment Per la Pau-Associació d´Objetors de Consciencia, CIF G-58212333, la Resolución dictada por el Director de la AECID, por la que se acuerda la procedencia del reintegro de la subvención concedida para la realización del proyecto "Acompañamiento a las víctimas de MAP y MUSE en Colombia", código de expediente 06-PR1-249, por importe de 106.456,96 euros, de los cuales 79.800 euros corresponden al principal de la subvención y el resto a intereses de demora.

El contenido completo del expediente está a su disposición en el Departamento de ONGD de la AECID, calle Beatriz de Bobadilla, 18, planta 1.ª, Madrid. (contacto convocatorias_ongd@aecid.es).

El ingreso del citado importe deberá realizarse mediante transferencia a la cuenta abierta a nombre de la AECID en el Banco de España, número: 9.000.0001.20.020.0003247, en el plazo que establece el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

La Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el Director de la AECID, o ser impugnada directamente mediante recurso contencioso administrativo, ante Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido por los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 11 de julio de 2013.- La Jefa del Departamento de ONGD.

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