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Documento BOE-B-2013-28046

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2013, páginas 37443 a 37443 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-28046

TEXTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra con sede en Vigo,

Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 173/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 5 de julio de 2013 Auto acordando lo siguiente:

1º Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Electrodomésticos Coia-XXI, S.L. con C.I.F. número B-36.949.212 con domicilio en Vigo, Avenida de Castelao núm. 51, bajo A.

2º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4º El administrador concursal designado es el economista D. Manuel Ricardo Caldas Iglesias, con D.N.I. 36.006.275-M y con domicilio profesional a efecto de notificaciones en Calle Alfonso X El Sabio núm. 3, 1º Oficina 2 Vigo 36210, y con correo electrónico: mrecaldas@asesoriacaldas.com

5º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edcito en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

En Vigo, 5 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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