Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-2880

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 26 de enero de 2013, páginas 3797 a 3797 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-2880

TEXTO

Edicto

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º-Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 572/2012-F, y Número de Identificación General del Procedimiento (NIG) 50297 47 1 2012 0001153, en el cual se ha dictado en fecha de 18 de diciembre de 2012, Auto de declaración de Concurso Voluntario de la compañía Mercantil "Dolmen 2002 Promociones, S.L.", con CIF número B-50945039, domiciliada en Zaragoza, calle Dato, n.º 6, 4.º izda.

2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la Administración concursal.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración concursal designada, el economista don Rubén García-Quismondo Pereda, con DNI n.º 11.792.046-S, Dirección postal: calle San Clemente, n.º 25, 4.ª, 50001 Zaragoza; Teléfono 976-563051; Fax: 976-563051; Correo electrónico: dolmen2002sl.comunicaciones@quablalaconcursos.com

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración concursal indicada o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica.

4.º-La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal)

Zaragoza, 8 de enero de 2013.- La Secretaria judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid