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Documento BOE-B-2013-29082

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2013, páginas 38839 a 38839 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-29082

TEXTO

Edicto.

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000294 /2013 y NIG 30030 47 1 2013/0000587, se ha dictado en fecha 5/7/2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor "Cristalería Bernal, S.L.", con CIF B-30391502, y domicilio social en Polígono Industrial La Serreta, c/ Paraguay, manzana 4, de Molina de Segura (Murcia).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal nombrada, las que serán sometidas a su autorización y conformidad.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá comunicarse a la Administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal Mercantil 1.www.oficinajudicialmurcia.es

6.º Que ha sido nombrado Administrador concursal "Dasem Concursal, S.L.P.", con CIF B-73748014, con domicilio profesional en c/ Junterotes, n.º 8, 30008 Murcia. Teléfono 968202788, fax 968202845 y email alcazar@dasem.es el que en virtud del art. 30 de la Ley Concursal ha designado como persona natural que haya de representarla en el ejercicio de su cargo a don Pedro Alcázar Moreno, con DNI 23.198.947C el que ha aceptado el cargo en fecha 17/7//2013.

Murcia, 17 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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