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Documento BOE-B-2013-29705

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2013, páginas 39714 a 39714 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-29705

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia).

Concurso abreviado voluntario n.º 614/13.

Concursado: Promociones Amicem, S.L.

Abogado: Don Elejalde Cuadra Jesús María.

Procurador: Don Francisco Ramón Atela Arana.

Sobre: Concurso voluntario

En el referido procedimiento concursal se ha dictado con fecha 15/7/2013, auto definitivo cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva

1. Debo declarar y declaro el concurso voluntario de la entidad Promociones Amicem, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Francisco Ramón Atela Arana, y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.

2. Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al Director del Boletín Oficial del Estado. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al Procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.

3. Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los efectos del artículo 184 de LC, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, art. 55 LC y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.

4. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

5. Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución, copia del inventario y de la lista de acreedores, y del escrito de subsanación por si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de insolvencia punible.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este tribunal.

Bilbao, 17 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

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