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Documento BOE-B-2013-30064

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2013, páginas 40187 a 40187 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-30064

TEXTO

D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo mercantil nº 1 de Palma por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 692/2013 y NIG nº 07040 470102013/0001012 se ha dictado en fecha 24 de julio de 2013 Auto de declaración de concurso del deudor Electricas Arias con Cif A-07030703, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Alexandre de Laborde nº 23 Polígono Industrial Enagistes (Can Valero), Palma de Mallorca.

2º.- Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3º.- Que la abogada nombrada administradora concursal, Dª. Angela Carnicero Alcover, en fecha 30 de julio de 2013, ha aceptado el cargo.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Dels Caputxins, nº 4 A 3º B 07002 Palma de Mallorca, o dirección de correo electrónico angela@jcarniceroasociados.com, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 30 de julio de 2013.- El Secretaria Judicial.

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