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Documento BOE-B-2013-30103

EMPRESA FUNERARIA MUNICIPAL, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2013, páginas 40257 a 40257 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2013-30103

TEXTO

La Resolución de 3 de marzo de 2009 del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha resuelto:

"Primero.-Declarar que la Empresa Funeraria Municipal, S.A. ha incurrido en una práctica prohibida por el artículo 6 de la Ley de Defensa de la Competencia 16/1989, por haberse obstaculizado la competencia real o potencial, siendo responsable el Ayuntamiento de Palma de Mallorca.

Segundo.-Imponer a Empresa Funeraria Municipal, S.A., conjunta y solidariamente con el Ayuntamiento de Palma de Mallorca, la multa de quinientos mil (500.000) euros.

Tercero.-Intimar a las entidades para que se abstengan en lo sucesivo de realizar las prácticas declaradas prohibidas.

Cuarto.-Ordenar a las entidades sancionadas la publicación de la parte dispositiva de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en las páginas de economía de dos diarios de información general, uno de ámbito nacional y otro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Islas Baleares en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la Resolución.

En caso de incumplimiento de lo anteriormente dispuesto, se le impondrá a la que lo incumpla una multa de seiscientos (600) euros, por cada día de retraso.

Quinto.-Los sancionados, justificarán ante la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones impuestas en los anteriores apartados.

Sexto.-La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia vigilará y cuidará el cumplimiento de esta Resolución."

Palma de Mallorca, 1 de agosto de 2013.- Gerente de la Empresa Funeraria Municipal, S.A.

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