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Documento BOE-B-2013-30116

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2013, páginas 40270 a 40270 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-30116

TEXTO

Edicto.

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche,

Por el presente, hago saber: Que por Auto de fecha 17/7/2013, en el procedimiento con número de autos 000355/2013 y NIG 03065-66-2-2013-0000343, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor "Carrapid Torrevieja, S.L.", con domicilio en Dolores (Alicante), c/ Pío XII, n.º 13, bajo, y CIF B-53582953. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.449, folio 179, hoja registral A-65347, representada por el procurador don Alejandro García Ballester.

Facultades del concursado: Intervenidas.

Administrador concursal: Que ha sido nombrada doña Mercedes Fabregat de Rojas, colegiada del Ilustre Colegio de Orihuela, con domicilio postal: Calle Clara Campoamor, 12, puerta 23, Alicante, y dirección de correo electrónica: m.fabregat@ica.orihuela.com, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 18 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

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