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Documento BOE-B-2013-30133

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2013, páginas 40287 a 40287 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-30133

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 446/2013, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad "Pifer y Mayka, Sociedad Anónima", y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 446/2013 Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2013-8003148.

Entidad concursada.- "Pifer y Mayka, S.A.", con CIF A58478256.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del Auto de declaración.- 3 de julio de 2013.

Administrador/es concursal/es.- Doña Núria Quevedo Ferrer, con correo electrónico nquevedo@quevedoaudit.com, domicilio paseo de Gracia, 120, 2.º 1.ª, Barcelona (Barcelona), y número de teléfono 658.849.205.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 11 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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