D. Enrique Calvo Vergara, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal. anuncia:
1º Que en el procedimiento nº 613/11, por auto de fecha 25/07/12, se declaró en concurso voluntario al deudor Elvia del Rocío Cevallos Chicaiza, con N.I.E. X-5606166-P.
2º Que con fecha 15/07/13 se ha dictado resolución por la que:
Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal por inexistencia de bienes o derechos propiedad de la concursada Elvia del Rocío Cevallos Chicaiza, ni de terceros responsables para hacer satisfacer a los acreedores, ni de la viabilidad de acciones de reintegración.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Madrid, 18 de julio de 2013.- Secretario Judicial.
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