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Documento BOE-B-2013-30437

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2013, páginas 40675 a 40675 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-30437

TEXTO

Edicto.

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia,

Por el presente, hago saber:

1.º Que se ha dictado en fecha 23 de julio de 2013 auto de declaración de concurso conjunta de los siguientes deudores:

- PUJANTE CENTRAL DE REPARACIÓN, S.L., con CIF B-73406001, al que ha correspondido el número 345/2013, con NIG n.º 30030 47 1 2013 0000571, con domicilio social sito en Nonduermas, Murcia, Ctra. de Alcantarilla, n.º 351.

- VEYPU, S.L. con CIF B-30050140, al que ha correspondido el número 355/2013, con NIG n.º 30030 47 1 2013 0000571, con domicilio social sito en Murcia, Ctra. de Alicante, n.º 6.

- ARRENDAUTO, S.L. con CIF B-73021909, al que ha correspondido el número 359/2013, con NIG n.º 30030 47 1 2013 0000571, con domicilio social sito en Murcia, calle San Isidro, n.º 15.

2.º Señala el deudor que la dominante del grupo de empresas es PUJANTE SERVICIOS CORPORATIVOS, S.L. de la que se tramita en este Juzgado el concurso 285/2013.

3.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como administración concursal a Aseproem Concursal, S.L.P. con domicilio postal en avenida Juan Carlos I, n.º 31, 7.º G, de Murcia, 30009, teléfono 968 28 24 01 y dirección electrónica señalada jpujante@aseproem.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

5.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

6.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el artículo 142 de la Ley Concursal.

7.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/.

Murcia, 24 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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