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Documento BOE-B-2013-3083

FUENGIROLA

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2013, páginas 4198 a 4198 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-3083

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Fuengirola (antiguo mixto 2).

Edicto.

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 495/2010 seguido a instancia de C.P. San Fermín 5 frente a Promociones San Fermín Cinco Mijas Costa, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 224/2012.

En la Ciudad de Fuengirola (Málaga) a veintiséis de junio de dos mil doce. La Ilma. Sra. Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número uno de Fuengirola (antiguo mixto 2), doña Esperanza Brox Martoreil, ha visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 495/2010 seguidos ante este Juzgado, en virtud de demanda de C.P. San Fermín 5 con Procurador don Ernesto del Moral Chaneta y Letrado don José M.ª González del Álamo; y de otra como demandada don Álvaro Berrocal Lara, con Procurador don José Luis Rey Val y letrado don Miguel Alabarce Portillo; don José Antonio Ramos Doña y Promociones San Fermín Cinco Mijas Costa, S.L., declarados en rebeldía procesal, y,

Fallo:

Que estimando como estimo parcialmente la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios San Fermín 5 frente a Promociones San Fermín Cinco Mijas Costa, S.L., frente a don Álvaro Berrocal Lara y frente a don José Antonio Ramos Doña, debo absolver y absuelvo al Sr. Berrocal Lara de las pretensiones en su contra formuladas, con imposición a la actora a las costas procesales a éste causadas. Condenando al resto de los codemandados solidariamente a abonar a la actora la cantidad de 142.209,66 euros con más los intereses legales procedentes desde la fecha de la interpelación judicial, y al pago de las costas procesales.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de 20 días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado n.° 2917, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.° de la Disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Promociones San Fermín Cinco Mijas Costa, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Fuengirola, 19 de noviembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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