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Documento BOE-B-2013-31044

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2013, páginas 41495 a 41495 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-31044

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 473/09, habiéndose dictado en fecha 24 de julio de 2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 473/09, promovido por el Procurador Sr/a, García de la Cuadra Rubio, en nombre y representación de la mercantil Textiles Belcrisa, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D.ª Carmen Valera Rodrigo, con DNI n.º 19.901.041-S, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Textiles Belcrisa, S.L., con CIF B-96442827, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 16/05/2013.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 L.C.).

Valencia, 22 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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