Edicto
José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra, anuncia:
Que en el Sección V Convenio 95/2012, referente al concursado Lancott Confecciones Sociedad Limitada, por auto de fecha 19 de diciembre de 2012 se ha acordado lo siguiente:
Primero. Abrir la fase de liquidación del presente concurso.
Segundo. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Tercero. Se declara disuelta la sociedad Lancott Confecciones, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Cuarto. Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso, la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.
Quinto. Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.
Pontevedra, 20 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.
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