El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 27 de junio de 2013, adoptó, entre otros, el acuerdo de Autorizar a la empresa RESIDUOS MARÍTIMOS, S.L. para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos sólidos y aguas residuales generados por buques (Anexos V y IV Convenio Marpol), en los puertos de Palma y Eivissa, de conformidad con lo previsto en los Pliegos de Bases y Cláusulas para la prestación del servicio portuario de recogida de residuos sólidos y aguas residuales procedentes de buques en los puertos de Palma, Alcudia, Eivissa y Mahón -en lo que no contravenga el Pliego Regulador del servicio-, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 del TRLPEMM y en su oferta, realizando la retirada de los residuos sólidos y aguas residuales de forma selectiva cuando así se entreguen. El plazo máximo de la autorización sería hasta que entre en vigor el Pliego de Prescripciones Particulares previsto en el artículo 113 del TRLPEMM y en todo caso por un plazo máximo de un (1) año, si éste no se aprobara con anterioridad, sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico de la autorización y del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques, y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor.
Palma de Mallorca, 29 de julio de 2013.- El Presidente, José M.ª Urrutia Mera. El Secretario, Jaume Ferrando Barceló.
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