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Documento BOE-B-2013-32247

Anuncio de la notaría de Don Gonzalo López Fando Santafe, de subasta notarial para venta extrajudicial de vivienda en Getafe".

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 2013, páginas 43322 a 43322 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-32247

TEXTO

Gonzalo López-Fando Santafé, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Getafe, hago saber:

Iº Que, en virtud del requerimiento inicial número 1/2013 y conforme a lo previsto en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria, se está tramitando en mi notaría la venta extrajudicial de la siguiente finca:

Urbana. Vivienda sita en Getafe, calle Doña Romera, número 4, 3º O. Tiene una superficie de 81,2 metros cuadrados.

Cuota de participación: 1,16 % en el edificio a que pertenece y de 6,38 por ciento a su portal.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Getafe, al tomo 1422, libro 655, folio 203, finca número 45374.

Referencia catastral: 7816501VK3671N0068PG.

IIº Que las condiciones de las subastas son las siguientes:

1.- La subasta tendrá lugar en la Notaría sita en Getafe (Madrid), calle Cruz, número 4, 1º C, el próximo día 30 de septiembre de 2013, a las 11 horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, que es la cantidad de 265.501,80 euros.

2.- Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo, debiendo presentar el resguardo de haber efectuado el depósito en la cuenta corriente número 0030-1234-61-0001231271, sucursal número 1234 del Banco Español de Crédito, en esta ciudad, calle Julián Daviñas, número 1.

4.- La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-A 236-B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

5. - La subasta se efectuará en la forma que determina la legislación hipotecaria, y se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, restructuración de deuda y alquiler social.

Getafe, 22 de julio de 2013.- El Notario.

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