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Documento BOE-B-2013-326

Anuncio de la Notaría de Don José Fito Martí, sobre venta extrajucial de ejecución hipotecaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2013, páginas 404 a 404 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-326

TEXTO

Yo, José Fito Martí, Notario de Burjassot, del ilustre Colegio Notarial de Valencia, hago saber:

I. Que en mi Notaría, sita en Burjassot (Valencia), calle Fermín Galán y García Hernández, 2, bajo, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Veintisiete. Vivienda en quinta planta alta, señalada su puerta con el número veinticuatro, del edificio sito en Burjassot, calle de Guillem de Castro, número cinco. Consta de dependencias propias para habitar. Es del tipo C. Y mide una superficie útil de ochenta metros once decímetros cuadrados. Cuota: 3,22%.

Referencia catastral: 2860302YJ2726S0027HU.

Inscripción. Registro de la propiedad de Burjassot, al tomo 1208, libro 457, folio 26, finca registral número 10.801.

Tipo pactado para la subasta en la escritura de constitución de hipoteca: doscientos uno mil novecientos sesenta y seis euros con cuarenta y cuatro céntimos (201.966,44 €).

II. Procediendo la subasta de la finca descrita, se hacen saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi notaría. La primera y única subasta (artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo), se celebrará el día 31 de enero de 2013, a las 10:00 horas, siendo el tipo base el que, como tipo subasta, ha quedado reseñado con anterioridad.

La documentación y certificación del registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la notaría. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Salvo el acreedor, los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría, una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo que corresponda, mediante cheque bancario a nombre del notario que esto suscribe. Hasta el momento de la subasta, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el reseñado cheque bancario. Sólo la adjudicación a favor del acreedor ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Burjassot, 18 de diciembre de 2012.- El Notario.

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