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Documento BOE-B-2013-32658

Anuncio del Instituto de la Mujer para notificar a la entidad MR Misto Films, S.L., con representante legal, Xoán Xosé Mariño Rubio, el requerimiento de subsanación de defectos, correspondiente a la solicitud de subvención presentada, para concurrir a la convocatoria publicada, mediante Resolución de 8 de septiembre de 2010, en el "Boletín Oficial del Estado" n.º 232, de 24 de septiembre de 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 29 de agosto de 2013, páginas 43973 a 43976 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-B-2013-32658

TEXTO

Por no haberse podido practicar la oportuna notificación, por causas no imputables a esta Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, mediante el presente anuncio, se notifica a la entidad MR Misto Films, S.L., CIF: B-15905672, domiciliada en la C/ Rúa Vista Alegre, n.º 32, Bajo, 36600 Villagarcía de Arousa, Pontevedra, último domicilio conocido por el Instituto de la Mujer, el acto administrativo que a continuación se indica:

"Expte. n.º: 155/10

En el año 2010, el Instituto de la Mujer concedió una subvención, con cargo a la convocatoria de subvenciones para el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, destinadas a la promoción de la creación, producción y difusión artística, publicada mediante Resolución de 8 de septiembre de 2010 ("BOE" núm. 232, de 24 de septiembre), al proyecto presentado por usted/es, titulado "Macorinas, Gallegas bajo la luz roja de la noche habanera".

Revisada y comprobada la documentación que justifica la aplicación de la subvención percibida por importe de 5.500,00€, en virtud de lo establecido en la Orden IGD/3723/2008, 10 de diciembre ("BOE" núm. 306, de 20 de diciembre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones, y de conformidad con las instrucciones que, a tal efecto, fueron establecidas por el Instituto de la Mujer, se comunica, para su preceptiva subsanación, los defectos u omisiones que han sido observados y que se indican en el anexo adjunto.

El plazo máximo para la presentación de la correspondiente subsanación no podrá exceder de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente comunicación. El sobre, que deberá ser dirigido al Instituto de la Mujer, Subdirección General de Estudios y Cooperación, Servicio de Evaluación e Informes, contendrá los siguientes datos: "Expte. núm. 155/10 Subsanación justificación".

Madrid, 22 de abril de 2013.- El Subdirector General de Estudios y Cooperación, Mariano Álvaro Page.

ANEXO

Resultado del examen realizado sobre justificación de subvención.

EXP:

Solicitante:

Importe concedido:

Facturas dentro período justificación:

Período realización actividad:

Fecha presentación justificación:

155/10

Xoán Xosé Mariño Rubio

5.500,00€

2011

04/04/2012

Para poder valorar y determinar la cantidad total debidamente justificada del gasto imputado a la subvención concedida, paso a indicarles aspectos de determinados documentos y/o justificantes/facturas que se relacionan seguidamente y que deberán ser, previamente, subsanados para poder ser admitidos como justificación correcta del gasto y declarar la improcedencia del reintegro correspondiente.

I. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE DEBEN SER SUBSANADOS.

a) La Memoria Final de Actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, cuyo modelo figura como anexo VIII del presente Manual. El contenido mínimo de la Memoria Final será el siguiente:

1. Nombre y apellidos de la persona (física o jurídica) y/o Entidad.

2. Denominación del proyecto.

3. Breve introducción al contenido del proyecto.

4. Colectivo de atención.

5. Periodo de ejecución.

6. Resumen económico: Importe subvencionado; estado de liquidación del proyecto, desglosado por origen de financiación y por conceptos/partidas de gasto.

7. Número aproximado de personas usuarias.

8. En su caso, modificaciones solicitadas.

9. Localización territorial de las actividades.

10. Metodología, instrumentos y/o medios utilizados en la ejecución.

11. Actuaciones realizadas con cargo a la subvención concedida por el Instituto de la Mujer y, en su caso, a otras fuentes de financiación.

12. Objetivos previstos.

13. Resultados obtenidos, cuantificados y valorados. En su caso, desviaciones.

14. Conclusiones.

Además de la Memoria, se presentarán los documentos divulgativos y/o acreditativos de la realización de todas y cada una de las actividades que se incluyan en la misma.

La no presentación de estos documentos se considera causa de reintegro total de la subvención concedida.

b) De acuerdo con el apartado 1.3.1 del Manual de Instrucciones de Justificación, en todos los originales de los justificantes de gasto aportados, se deberá consignar, por parte de la persona o entidad beneficiaria de la ayuda pública, una estampilla/sello, en la que deberá constar la cuantía que, por cada factura y/o justificante de gasto presentados, son imputados a la subvención. El gasto que se justifique en ningún caso podrá ser superior al importe subvencionado. La estampilla identifica el gasto y permite establecer la cuantía exacta que se imputa a la subvención. El contenido, mínimo, de la estampilla será el siguiente:

- Nombre de la persona o entidad subvencionada.

- Convocatoria subvenciones.

- Año de la convocatoria.

- Denominación del proyecto y del programa al que se adscribe.

- Cuantía exacta imputada.

En este sentido, todas las facturas presentadas habrán de ser subsanadas mediante la consignación de la correspondiente estampilla sobre el documento original.

c) En relación al apartado 1.3.3 Requisitos formales de las facturas, las facturas deberán presentarse siempre con la firma o sello del emisor. En este sentido, deberán ser subsanadas las siguientes facturas: 1, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 16 y 17.

d) De acuerdo al apartado 1.3.3 Requisitos formales de las facturas. Se exigirá, además, la acreditación del pago de las facturas y/o recibos, mediante cualquiera de las formas que se indican:

- Si el pago se ha efectuado en metálico, se incluirá en la propia factura, el "Recibí", con firma y sello del emisor.

- Si el pago se efectúa a través de una entidad bancaria: adeudo, apunte bancario que identifique el pago o transferencia bancaria. Recibo de la empresa emisora, con la firma y sello correspondientes.

- Si el pago se realiza mediante cheque, este deberá ser nominativo.

En este sentido, las facturas 1, 7, 10, 11, 14, 15 deberán ser subsanadas mediante la presentación de la correspondiente acreditación de pago.

e) De acuerdo con el apartado 1.3.3 Requisitos formales de las facturas, las facturas deberán incluir una descripción detallada de la acción ejecutada. En este sentido, deberán ser subsanadas las facturas: 7, 11, 17.

f) Para justificar los gastos de "Dietas y gastos de viaje", además de hallarse relacionados en el anexo I, se cumplimentará una liquidación individual, cuyo modelo figura como Anexo III de este manual, por cada desplazamiento y persona que lo realiza. Dicha liquidación irá acompañada de la factura expedida por el correspondiente establecimiento hotelero y, en su caso, de los billetes originales del medio de transporte colectivo utilizado. Advertencia: La cumplimentación de este Anexo está referida, exclusivamente, a los desplazamientos del personal adscrito al proyecto subvencionado, y deberá ser firmado por la persona que realiza el desplazamiento, cuando se trate de personas físicas, o por la persona que ostenta la representación legal, en el caso de entidades.

g) En relación al apartado Gastos de mantenimiento y actividades derivadas de la ejecución del proyecto, en esta partida, se incluirán los gastos derivados de la realización de las actividades directamente relacionadas con la ejecución del proyecto, relativas a:

i. Arrendamientos de bienes inmuebles y muebles para el desarrollo del proyecto.

En este sentido, deberán ser subsanadas las facturas 4 y 5, por importe de 529,20 cada una de ellas, especificando el concepto y la relación con las actividades del proyecto de las mismas.

h) Certificación de la entidad bancaria de intereses devengados. Se deberá aportar, a pesar de que no se hayan producido intereses"

Madrid, 20 de agosto de 2013.- El Subdirector General de Estudios y Cooperación.

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