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Documento BOE-B-2013-32833

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 3 de septiembre de 2013, páginas 44231 a 44231 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-32833

TEXTO

Edicto

Doña Gloria Morchón Izquierdo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000374/2013 y NIG número 47186 47 1 2013 0000415, se ha dictado en fecha 23 de julio de 2013, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Waste To Energy Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal, con CIF B84589792, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Parque Tecnológico de Boecillo, Edificio CEEI, módulo 2.05 (Valladolid).

2.º Se ha acordado que la deudora conserve las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal mediante su autorización.

3.º Se ha designado, como administración concursal al Abogado don Juan Francisco Llanos Acuña, con domicilio postal en calle Correos, 9, primero de Valladolid y dirección electrónica franciscollanos@summalex.es señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de créditos deberá presentarse en las anteriores direcciones a elección de los acreedores.

En ningún caso tendrán valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.

Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del auto de la declaración de concurso realizada en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concusal).

6.º De conformidad con el artículo 23.1 Ley Concursal la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es

Valladolid, 29 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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