EDICTO
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 585/2013, en el que se ha dictado con fecha 17 de julio de 2013, Auto declarando en estado de concurso a la entidad Dalton Import, S.L. con CIF B62267885 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Nig. del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2013 - 8003863.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Dalton Import, S.L. con domicilio en C. Colom 453 Blo. C.Terrassa.
Administrador Concursal: Lexaudit&Concursal, SLP, con domicilio en Barcelona, Calle Provenza, 280, 3.º, 2.ª con correo electrónico "daltonimport@lexaudit.com".
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. SI se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos regístrales.
También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditoso hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 2 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.
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