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Documento BOE-B-2013-33399

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 2013, páginas 45051 a 45051 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-33399

TEXTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente,

Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 222/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 29 de julio de 2013 Auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso voluntario a la entidad deudora Serega Marketing, S.L., con CIF B-27.739.929, cuyo centro de intereses principales lo tiene en lugar Burgobedro, núm. 10, Borreiros Gondomar C.P. 36378 (Pontevedra).

2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4.º El administrador concursal designado es la Abogada doña Natalia Rodríguez Estévez, con DNI 36.110.222-S, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en la Carretera do Porto, núm. 56, Beade, Vigo C.P. 36312, y correo electrónico: nataliarodes@yahoo.es

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 29 de julio de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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