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Documento BOE-B-2013-33671

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 14 de septiembre de 2013, páginas 45442 a 45442 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-33671

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 250/13, con NIG 2305042M20130000191, por auto de fecha 12/07/2013, se ha declarado en concurso voluntario de carácter abreviado a los deudores Guillermo Martínez Ortíz y Juana Navarrete Zambrana, con D.N.I. números 26473085Q y 26474003Z respectivamente, ambos con domicilio en C/ Eisman Higueras, n.º 23, de la localidad de Arquillos (Jaén), y cuyo centro de principales intereses lo tienen en la referida localidad.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido

D/Dª Carmen García Martínez.

Domicilio postal: C/ Canalejas, n.º 5 - 2.ª planta. 23700 Linares (Jaén).

Dirección electrónica: encarnaciongarciamartinez@icajaen.es

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado", no obstante, dada la proximidad del mes de agosto y en la medida en que pueda llevar a equívoco, se considerará el mes de agosto como inhábil para la comunicación de créditos, interrumpiéndose durante dicho período el plazo de comunicación y reanudándose el el día 1 de septiembre.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Jaén, 24 de julio de 2013.- El/la Secretario judicial.

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