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Documento BOE-B-2013-33976

Edicto del Notario de Las Cabezas de San Juan, don Pedro Pablo Robles Gómez, anunciando subasta en ejecución extrajudicial de hipoteca.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 16 de septiembre de 2013, páginas 45835 a 45836 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-33976

TEXTO

Yo, Pedro Pablo Robles Gómez, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Las Cabezas de San Juan.

Hago saber: que ante mí se tramita venta extrajudicial conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, en procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria con número de expediente 1/2012, a instancia de Banesto, S.A., hoy Banco Santander, S.A., de la siguiente finca:

Urbana, Casa de única planta y castillete, sita en calle Virgen de la Cabeza, número 14, de Las Cabezas de San Juan. Superficie: El Solar posee una superficie de ciento veintisiete metros cuadrados (127,00 m2). La Planta Baja posee una superficie construida de ciento catorce metros cuadrados (114,00 m2), quedando el resto de la superficie del solar, es decir, trece metros cuadrados (13,00 m2), destinada a patio descubierto. El Castillete situado sobre la planta baja posee una superficie construida de ocho metros cuadrados (8,00 m2). Siendo por tanto la superficie construida total de ciento veintidós metros cuadrados (122,00 m2). Linderos: Al frente, con la calle Virgen de la Cabeza; por la izquierda entrando, con la casa número 16 de dicha calle, propiedad de don Francisco Salazar Vargas; por la derecha entrando, con calle de servicio; y fondo, con casa número 4 de la calle Virgen de Valme, propiedad de doña María-Inés Báñez Muñoz. Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera n.º 2, tomo 2.426, libro 324 del Ayuntamiento de Las Cabezas de San Juan, folio 9, Finca 13.923, inscripción 4.ª Referencia Catastral: 8769005TF3986N0001RG.

Las bases de la subasta son las siguientes:

1.- La subasta, única, tendrá lugar en la Notaría sita en calle Doctor Domingo Gallego, 2, A, de Las Cabezas de San Juan (Sevilla), el próximo día seis de noviembre de dos mil trece, a las doce horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca y su posterior novación, que es la cantidad de ciento treinta y tres mil trescientos cuarenta y tres euros (133.343 euros).

2.- Para tomar parte en la subasta los postores, a excepción de la entidad acreedora, deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al cinco por ciento del tipo, exclusivamente mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el correspondiente cheque bancario, hasta el momento de la subasta.

3.- La documentación, incluida la titulación sobre el inmueble, y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-A 236-B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes, de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el sólo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor continuarán subsistentes, de modo que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

4.- La subasta, dado el carácter de vivienda habitual de la finca, se regirá por lo que determina el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y, en lo que no fuera incompatible, por el artículo 236 del RH, todo ello de conformidad con la disposición transitoria quinta de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, por haberse iniciado este procedimiento con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley y sin perjuicio de las normas aplicables de la citada Ley 1/2013, de conformidad a lo establecido en la disposición transitoria primera, en particular la nueva redacción dada al artículo 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para el caso de subasta sin ningún postor.

5.- Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Lo que conforme a lo establecido en el artículo 236 del Reglamento Hipotecario, se notifica genéricamente a cuantas personas puedan tener interés en el remate, y especialmente a los titulares de la última inscripción de dominio, para el caso de que la comunicación sobre la subasta remitida por correo certificado, resultare infructuosa o negativa, sirviendo el presente anuncio y su publicación en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Las Cabezas de San Juan y del Registro de la Propiedad competente, para suplir y tener por correctamente efectuada dicha comunicación.

Las Cabezas de San Juan, 12 de septiembre de 2013.- El Notario.

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