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Documento BOE-B-2013-33996

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la se autoriza a Trofagas Hidrocarburos, S.L., el desistimiento de su solicitud del Permiso de Investigación de Hidrocarburos denominado "Burgos 4".

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 16 de septiembre de 2013, páginas 45860 a 45861 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2013-33996

TEXTO

Con fecha 5 de agosto de 2011 «Trofagas Hidrocarburos, S.L.», presentó en el Registro Especial de Hidrocarburos de la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud del permiso de investigación de hidrocarburos denominado "Burgos 4", con la asignación del número de expediente 1687, al amparo del artículo 16 de la Ley 34/ 1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. El citado permiso de investigación se encuentra situado en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (provincias de Burgos y Soria) y en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Entre la documentación presentada con la solicitud, se adjuntaba el resguardo acreditativo de la Caja General de Depósitos de la Delegación de Economía y Hacienda en Vigo, correspondiente a la garantía otorgada a favor de la Dirección General de Política Energética y Minas, en relación con el permiso de investigación solicitado, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 21 de la referida Ley 34/1998, de 7 de octubre.

Por Resolución de 15 de septiembre de 2011 de la Dirección General de Política Energética y Minas se dio publicidad a la solicitud del permiso de investigación de hidrocarburos denominado "Burgos 4'', a los efectos previstos en el artículo 17 de la citada Ley 34/ 1998, de 7 de octubre y en el artículo 25 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/ 1976, de 30 de julio, sobre investigación y explotación de hidrocarburos. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial del Estado n.° 307, de 22 de diciembre de 2011. En relación con el citado expediente, no se realizaron ni ofertas en competencia ni propuesta de mejora alguna.

Con fecha 25 de abril de 2013; «Trofagas Hidrocarburos, S.L.» comunicaba su voluntad de desistir de su solicitud al permiso de investigación de hidrocarburos "Burgos 4'', y solicitaba la devolución de las garantías depositadas en la Caja General de Depósitos anteriormente mencionadas. La empresa ha justificado suficientemente el desistimiento del permiso solicitado.

A la vista de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de. Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Común; en la Ley 34/1998, de 7 de octubre; y en el Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, esta Dirección General ha resuelto:

Primero: Aceptar el desistimiento de la solicitud del permiso de investigación de hidrocarburos denominados "Burgos 4", situado en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (provincia de Burgos y Soria) y en la Comunidad Autónoma de La Rioja, presentada por «Trofagas Hidrocarburos, S.L.», expediente número 1687 del Registro Especial de Hidrocarburos de la Dirección General de Política Energética y Minas.

Segundo: Devolver la garantía constituida por el solicitante a favor de la Dirección General de Política Energética y Minas para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del permiso de investigación denominado "Burgos 4".

Tercero: El área comprendida por el permiso de investigación "Burgos 4", adquirirá la condición de franca, el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de Abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la presente Resolución.

Madrid, 12 de junio de 2013.- El Director General de Politica Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez Lucas.

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